Con el cambio generado por el gobierno colombiano a la normatividad materia de migración, la cual contaba con su base legal a partir de lo contemplado según Decreto 4000 de 2004, derogado en su gran totalidad por parte del Decreto 834 de 2013, se han generado una serie de modificaciones que en cierta medida facilitan el interés de personas extranjeras por acceder, modificar o remplazar su condición migratoria en el país, las mismas efectuados desde la obtención de visa en el país para las diferentes categorías establecidas, y cuya expedición corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores; Asimismo, se generaron cambios en los permisos de ingreso y temporal de permanencia que otorga Migración Colombia a nacionalidades que no requieren visa para permanecer en el país (Migración Colombia es el ente encargado del control migratorio), que bajo la diferente clasificación dada a los permisos, se permite dar desarrollo de actividades que anteriormente estaban limitadas al otorgamiento de una visa. Con estas menciones aunadas a las modificaciones desarrolladas a través del Decreto 834, se permite y facilita en determinada circunstancia al extranjero la obtención de su condición o calidad migratoria para el ejercicio de su actividad en el país.
Conforme a lo anterior, existen diferentes acuerdos, tratados o instrumentos internacionales aprobados y ratificados por Colombia, que permiten a nacionales en especial de países suramericanos, tener facilidades para solicitar y conseguir permanencia con la calidad de temporal o residente en el país, que bajo aspectos de reciprocidad, brindan condiciones similares a los colombianos en territorio de los países suscriptores de los diferentes tratados.
Dirección Jurídica – Migración y Extranjería.
ARMigration&LS / Armils Group
One Response to Normatividad Migración Colombia
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Toda persona que vaya a ingresar al territorio nacional debera presentarse ante la autoridad migratoria – Unidad Administrativa Especial Migracion Colombia- y en los lugares habilitados para tal fin, con su pasaporte vigente, documento de viaje o de identidad segun el caso, y la respectiva visa cuando si la requiere.